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DOBLE AGUINALDO, PARA EMPRESAS Y PRODUCTORES
    El gobierno nacional dispuso mediante DS Nº 3747 del 12 de diciembre de 2018, destinar el 15% del Doble aguinaldo, al consumo de productos hechos en Bolivia. Asunto que llevo a que, los últimos días para los empresas, instituciones públicas y otras, sean marcadas por una serie de interrogantes, que buscan respuestas urgentes, desde, ¿cómo habilitar a un proveedor o intermediario para el incentivo al consumo de productos hechos en Bolivia?, ¿hasta cómo pagar el 15% del Doble Aguinaldo a los beneficiarios?.

    I. La novedad del Decreto es que busca incentivar el consumo de productos hechos en Bolivia, por otro lado despierta el interés de los proveedores e intermediarios, a participar del incentivo con la oferta y venta de sus productos hechos en Bolivia, en esa línea el interrogante urgido de respuesta fue el siguiente:

    I.1 ¿Cómo registrar y habilitar a los proveedores?

    Los proveedores (Unidades Productivas) para participar con la venta de sus productos a los beneficiarios del Doble Aguinaldo en el orden del 15%, deben proceder con lo siguiente operación:

    I.1.1. Ingresar al sistema de registro del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y para ello deben portar la siguiente:

    a). NIT obtenido del SIN.
    b). Cuenta bancaria en el Banco Unión SA, para que sus ventas sean depositadas a esa cuenta.

    I.1.2. Para la operación de registro, deberán ingresar en el formulario del sistema de registro del MDP y EP lo siguiente:

    a). Datos del proveedor de productos hechos en Bolivia.
    b). Lista de sus productos hechos en Bolivia.

    Los Intermediarios de Productos Hechos en Bolivia para su registro, deberán ingresar en el formulario del sistema de registro del MDP y EP la siguiente información:

    a). Datos del proveedor.
    b). Lista de productos hechos en el país.

    El registro de las unidades productivas se realiza mediante el siguiente link:

    https://dobleaguinaldo.gob.bo/?fbclid=IwAR2B70M9Ay9nelmFrL2q-T4HfA5oNOlXQ9-OFBUNrW_T2fPv9OYZRI4KZPE#section-10


    II. La novedad del Decreto también impacto a unidades administrativas de las empresas, con una serie de interrogantes cuyas respuestas las redactamos en las siguientes líneas:

    II.1 ¿Qué deben hacer los empleadores en el sector privado?

    Los empleadores del sector privado deben garantizar que el 15% del Doble Aguinaldo se destine a la compra de productos hechos en Bolivia.

    Los empleadores del sector privado, pueden usar la aplicación “Doble Aguinaldo” para el pago del 15%. En ese caso las y los trabajadores podrán realizar compras a través la billetera móvil.

    La otra modalidad de pago, es que los empleadores del sector privado pueden efectuar el pago del 15% con productos hechos en Bolivia, previo acuerdo con sus trabajadores y trabajadoras. Este pago no se podrá realizar con los mismos bienes o productos que genere el establecimiento laboral.

    II.2 ¿Cómo usar la aplicación del Doble Aguinaldo?

    Las empresas privadas que desean emplear la aplicación del Doble Aguinaldo para el pago del 15% destinado a la compra de productos hechos en Bolivia.

    II.2.1. Los datos de los trabajadores como los montos correspondientes al 15% deberán recuperar de la planilla de Aguinaldo o de la del Segundo Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” declarada en la Oficina Virtual de Trámites del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Por lo tanto debe haber realizado este trámite previamente en la página https://ovt.mintrabajo.gob.bo.

    II.2.2. Deberá ingresar al sistema que será habilitado en la página https://dobleaguinaldo.gob.bo/ y efectuar los siguientes pasos:

    a) Ingresar con su cuenta de NIT, usuario y contraseña empleada en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales.

    b) Descargar la planilla Generada por el sistema y completar los números de teléfono móvil de los trabajadores.

    c) Cargar la planilla con los datos (se adjunta un formato de planilla, todos los datos excepto los teléfonos móviles son generados por el sistema de manera automática).

    d) El sistema le generará un Código de Pago de Trámite por la suma del 15% de todos los trabajadores habilitados, más el costo de transacción. Realice el depósito o transferencia bancaria empleando el código generado por el sistema.

    e) Los montos correspondientes a cada trabajador serán automáticamente abonados en las cuentas electrónicas individuales para la compra de productos hechos en Bolivia.

    II.3 ¿Cuál es el plazo de pago:?

    II.3.1. Para el sector público el plazo del pago del Doble Aguinaldo es hasta el 31 de diciembre de 2018.

    II.3.2. Para el sector privado, el plazo del pago del Doble Aguinaldo es hasta el 31 de diciembre de 2018. No obstante las empresas privadas pueden solicitar la ampliación del pago hasta el 29 de marzo de 2019.

    Para acogerse a esta ampliación se debe enviar una nota formal al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, hasta el 28 de diciembre de 2018. Esta debe contener la justificación correspondiente y se constituye en declaración jurada, por lo que no es necesario que sea respondida por la institución.

Autor: CPA. Oscar Inca Pacara
Fuente: DS Nº 3747 12-12-2018, RM Nº 1373/18 del 14-12-2018, Instructivo Nº 002/2018
28 de Diciemb de 2018


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